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El papel de Alemania va a ser clave para asegurar el futuro de la UE tras el Brexit

La salida de Reino Unido de la Unión Europea, fruto del referéndum celebrado en el mes de junio y en el que los británicos votaron a favor del Brexit, sienta un grave precedente y puede generar una corriente antieuropea en algunos estados miembros y ser aprovechado por partidos populistas. Según el presidente de Foro Europa Ciudadana, José Carlos, “como hemos podido ver a los pocos minutos de conocer los resultados del referéndum, el Brexit va a ser utilizado por partidos populistas europeos para romper la Unión Europea que ha aportado paz, estabilidad y crecimiento. Por este motivo, es clave que la Comisión Europea y los Estados Miembro sepan reaccionar ante este envite y convertir esta amenaza en una nueva oportunidad para que la Unión Europea salga reforzada”. A juicio de Cano, “en ese contexto, el papel de Alemania, como motor económico de la UE, y de su canciller va a ser clave para asegurar el futuro del proyecto europeo y en la medida que sepa gestionarlo o no podremos asistir o a una nueva refundación de la Unión Europea reforzada o a su desaparición”.

ROMPE EL EQUILIBRIO DE FUERZAS

Y es que la salida de Reino Unido de la Unión Europea rompe el equilibrio de fuerzas existentes actualmente en la Unión, donde Gran Bretaña ejerce de contrapeso entre Francia y Alemania. Según el presidente de Foro Europa Ciudadana, José Carlos Cano, “no se debe olvidar que Francia y Alemania recurrieron en los orígenes de la entonces Comunidad Económica Europea a la integración económica para fomentar lazos permanentes y que sirvieran para poder superar rivalidades históricas que habían desencadenado dos guerras mundiales. En ese proyecto común, Reino Unido juega y ha jugado un papel muy importante al ofrecer una contrapartida al relevante paso de los estados continentales y por eso su salida rompe ese equilibrio de fuerzas.

PÉRDIDA DE LA VISIÓN TRANSATLÁNTICA

Otra de las consecuencias de la salida de Reino Unido es la pérdida de la visión transatlántica de la UE. No en vano, Reino Unido ofrece una visión transatlántica a Bruselas al integrar intereses derivados de la Commonwealth. En ese sentido, Reino Unido representa y transmite posiciones de países tan relevantes como Canadá, Australia, India o Nueva Zelanda, que con el Brexit, dejarían de tener peso y ser tenidas en cuenta.

Por otra parte, el Brexit puede traer consigo un debilitamiento del mercado único europeo y su peso relativo en la economía mundial provocando un descenso de la participación de la Unión Europea en el comercio internacional. “Pero además puede provocar- según José Carlos Cano- un desplazamiento de tráficos comerciales a favor del Reino Unido ya que muchos productos podrían beneficiarse de las más que probables ventajas arancelarias que un sustitutivo Tratado de Libre Comercio tendría entre el Reino Unido y la UE, utilizándolo como cabeza de puente para entrar en Europa”.

SOBRE FORO EUROPA CIUDADANA

Foro Europa Ciudadana es un think tank académico especializado en asuntos europeos. Fundado en 2013, desarrolla actividades de investigación sobre cuestiones de actualidad dé ámbito europeo y su impacto en el ámbito social, político, cultural y económico de los ciudadanos.

Nota de Prensa Foro Europa Ciudadana

Aprobadas las bases reguladoras para desarrollar convenios entre trabajadores mayores de 55 años y la Seguridad Social

La Consejería de Empleo ha publicado en el Bocyl las bases reguladoras de la línea de ayudas para financiar los convenios con la Seguridad Social, que suscriban trabajadores de 55 años o más que provengan de empresas en crisis que han extinguido sus contratos por insolvencia o estar inmersas en un procedimiento concursal.

Las bases establecen el objetivo de la próxima publicación de la convocatoria de subvenciones que es la financiación, en el ámbito de la Comunidad, de las cuotas que tienen que ingresar aquellos trabajadores que con 55 años o más suscriban un convenio con la Seguridad Social, de cara a las aportaciones para su futura jubilación.

Estos trabajadores deben proceder de empresas que han sufrido un proceso de crisis económica, que ha derivado en la extinción de los contratos laborales tras una declaración de insolvencia o haber estado inmersa en un proceso concursal, según han informado a Europa Press fuentes de la Junta.

Además los trabajadores beneficiarios deberán tener agotada la prestación contributiva por desempleo, proceder de una empresa con una antigüedad mínima de tres años, y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. La cuantía de la ayuda podría llegar a los 24 meses con el límite de 12.000 euros.

La II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, firmada el 27 de enero de 2016 entre los agentes económicos y sociales y la Junta, tiene como objetivo mejorar los niveles de ocupación y reducir el desempleo, incrementando las posibilidades de empleabilidad de los ciudadanos, así como su acceso en las mejores condiciones posibles a los servicios de formación y orientación profesional, prestando una atención especial a las personas más necesitadas de apoyo y protección.

El Plan de Empleo desarrollado en la Estrategia Integrada centra actuaciones de inserción laboral para colectivos concretos y para el mantenimiento del empleo, donde se recogen medidas paliativas para trabajadores afectados por crisis empresariales con el fin de reducir los efectos negativos por la extinción de sus contratos.

Europa Press

El Consejo de la UE aprueba un proyecto de directiva dirigida a luchar contra las prácticas de elusión fiscal de las empresas

El 21 de junio de 2016, el Consejo ha aprobado un proyecto de Directiva que aborda las prácticas de elusión fiscal empleadas habitualmente por las grandes empresas.

La Directiva forma parte de un conjunto de propuestas de la Comisión, de enero de 2016, destinado a reforzar las normas contra la elusión fiscal de las empresas. Dicho conjunto se basa en las recomendaciones de la OCDE de 2015 para hacer frente a la erosión de la base imponible y al traslado de beneficios (BEPS).

La Directiva aborda situaciones en las que los grupos empresariales aprovechan las disparidades entre los diferentes sistemas tributarios nacionales para reducir sus obligaciones fiscales generales. Los contribuyentes del impuesto de sociedades pueden beneficiarse de tipos impositivos bajos o dobles deducciones fiscales. También pueden lograr que determinadas categorías de renta no se sometan a imposición, haciendo que sean deducibles en una jurisdicción mientras que en otra no están incluidas en la base imponible. El resultado falsea las decisiones empresariales y plantea el riesgo de crear situaciones de competencia fiscal desleal.

NUEVAS DISPOSICIONES EN CINCO ÁMBITOS

El proyecto de Directiva cubre a todos los contribuyentes que están sujetos al impuesto de sociedades en un Estado miembro, incluidas las filiales de empresas con sede en terceros países. Establece normas contra la elusión fiscal en cinco ámbitos concretos:

– Normas sobre limitación de los intereses. Puede suceder que los grupos multinacionales financien mediante deuda a las entidades del grupo radicadas en jurisdicciones con una tributación elevada y hagan que estas reembolsen intereses «incrementados» a las filiales residentes en jurisdicciones de baja tributación. El resultado es una deuda tributaria reducida del grupo en su conjunto. El proyecto de Directiva se propone desincentivar esta práctica limitando el importe de los intereses que el contribuyente tiene derecho a deducir en un determinado ejercicio fiscal.

– Normas sobre imposición de salida. Los contribuyentes del impuesto de sociedades pueden intentar reducir su factura fiscal trasladando su residencia fiscal y/o sus activos a jurisdicciones de baja tributación. La imposición de salida evita la erosión de la base imponible en el Estado de origen cuando los activos que incorporan plusvalías subyacentes no realizadas se trasladan, sin cambio de propiedad, fuera de la jurisdicción fiscal de dicho Estado.

– Norma general contra las prácticas abusivas. Esta norma tiene por objeto colmar las lagunas que puedan existir en las normas específicas de un determinado país para combatir la elusión fiscal. Los sistemas de planificación fiscal de las empresas pueden ser muy complejos y la legislación tributaria no suele evolucionar con rapidez suficiente para incluir todas las protecciones necesarias. Por lo tanto, una norma general contra las prácticas abusivas permite a las autoridades tributarias arrebatar a los contribuyentes el beneficio de los métodos fiscales abusivos.

– Normas sobre sociedades extranjeras controladas (SEC). Con el fin de reducir su deuda tributaria global, los grupos de empresas pueden derivar una gran cantidad de beneficios hacia filiales controladas en jurisdicciones de baja tributación. Un sistema frecuente consiste en transferir primero a la SEC la propiedad de activos intangibles, como la propiedad intelectual, y a continuación transferir los pagos de derechos de autor. Las normas relativas a las SEC permiten reasignar la renta de una filial extranjera controlada que está sujeta a baja tributación a su sociedad matriz, normalmente sujeta a tributación más alta.

– Normas sobre mecanismos híbridos asimétricos. Los contribuyentes del impuesto de sociedades pueden aprovechar las disparidades entre los diferentes sistemas tributarios nacionales para reducir su deuda tributaria global. Con frecuencia esos mecanismos asimétricos dan lugar a dobles deducciones (es decir, reducción en ambos países), o a la deducción de la renta en un país sin que se incluya en el otro país.

UN PLANTEAMIENTO COMÚN DE LA UE

La Directiva velará por que se apliquen las medidas de la OCDE contra la BEPS de manera coordinada en la UE, también por parte los 7 Estados miembros que no son miembros de la OCDE. Además, a la espera de una propuesta revisada de la Comisión relativa a una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS), la Directiva tiene en cuenta los debates mantenidos en el Consejo, desde 2011, sobre una propuesta de BICCIS existente.

Tres de los cinco ámbitos que abarca la Directiva aplican buenas prácticas de la OCDE, a saber: las normas de limitación de los intereses, las normas SEC y las normas sobre mecanismos híbridos asimétricos. Las otras dos, es decir, la norma general contra las prácticas abusivas y las normas sobre imposición de salida, abordan aspectos de la propuesta de BICCIS relacionados con la BEPS.

APROBACIÓN Y APLICACIÓN

Se ha llegado al acuerdo tras las deliberaciones mantenidas en el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros. El 17 de junio de 2016, el Conseja ha alcanzado un amplio acuerdo supeditado a un procedimiento tácito.

Dado que el procedimiento concluyó sin que se formularan objeciones, la Directiva se presentará a un próximo Consejo para su adopción.

Los Estados miembros dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2018 para incorporar la Directiva a su normativa nacional, salvo en el caso de los «impuestos de salida», para lo cual tendrán hasta el 31 de diciembre de 2019. Los Estados miembros que tengan normas específicas igualmente eficaces que las normas de limitación de intereses podrán aplicarlas hasta que la OCDE llegue a un acuerdo sobre una norma mínima o hasta el 1 de enero de 2024 a más tardar.

OTRAS INICIATIVAS

Por lo que se refiere al resto del conjunto de medidas contra la elusión fiscal de enero de 2016, la Presidencia ha fijado un calendario ambicioso. El 25 de mayo, el Consejo ha aprobado:

– Una Directiva relativa al intercambio de información fiscal sobre empresas multinacionales;

– Unas Conclusiones sobre los aspectos de la transparencia fiscal relacionados con terceros países.

El conjunto de medidas de lucha contra la elusión fiscal viene precedido de otras iniciativas tomadas por la UE en 2015. Entre ellas figura una Directiva, adoptada en diciembre de 2015, sobre resoluciones fiscales transfronterizas.

En diciembre de 2014, el Consejo Europeo señaló que era «urgente avanzar en la lucha contra la elusión fiscal y la planificación fiscal abusiva, tanto a nivel mundial como de la UE».

– Proyecto de Directiva de junio de 2016 destinada a luchar contra las prácticas comunes de elusión fiscal de las empresas.

– Comunicado de prensa de mayo de 2016 relativo al intercambio de información fiscal sobre empresas multinacionales.

– Conclusiones del Consejo de mayo de 2016 sobre los aspectos de la transparencia fiscal relacionados con terceros países.

– Anti-tax-avoidance proposals by the European Commission.

– Press reléase on December 2015 adoption of the directive on cross-border tax rulings.

Consejo de la Unión Europea